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Registro de Fuentes y Procesos (RFP)

El Registro de Fuentes y Procesos (RFP), es un catastro único de fuentes de emisión (de grupos electrógenos, calderas, hornos, etc.), que deben dar cumplimiento a diversas obligaciones de normativas de emisión atmosféricas y es la información base para todos los sistemas sectoriales involucrados en las emisiones atmosféricas tanto de la Superintendencia del Medio Ambiente, del Ministerio de Salud y del Ministerio del Medio Ambiente, tales como;

  • Sistema de Seguimiento Atmosférico (SISAT)
  • Sistema de Impuestos Verdes (SIV)
  • Registro Único de Emisiones Atmosféricas (RUEA) actual F138.
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¿Quiénes deben declarar?

Los establecimientos que declaren las fuentes asociadas a normativas de emisiones atmosféricas, como: Normas de Emisión y Planes de Descontaminación.

El Registro de Fuentes y Proceso debe ser solicitado mediante el encargado de establecimiento en  el perfil de Ventanilla Única, “Solicitud de Sistemas Sectoriales”. La habilitación es automática, no requiere validación y se podrá visualizar en “Sistemas Sectoriales Activos.

¿Cómo declaro en el Registro de Fuentes y Proceso / F 138 del RUEA?

El acceso al nuevo RUEA/F138 es mediante el Registro de Fuentes y Procesos; y como primer ingreso es mediante el encargado de establecimiento, el cual debe solicitar el registro de fuentes y procesos en “Solicitud Sectorial”, quedando activo automáticamente. Posteriormente el encargado podrá asignar a un delegado al sistema de registro. Una vez registradas todas las fuentes en el sistema se habilitará el Reporte Único de Emisiones Atmosféricas /F138 o SISAT si corresponde. La versión anterior F138 solo se debe utilizar para revisiones información.