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Registro Único de Emisiones Atmosféricas (RUEA)

El Registro Único de Emisiones Atmosféricas es la plataforma que centraliza la información de los reportes de emisiones atmosféricas, dando cumplimiento a las normativas vigentes que contienen obligaciones al respecto, entre ellas el Decreto Supremo D.S 138/2005 MINSAL.

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¿Quiénes deben realizar la declaración?

1) Los establecimientos que cumplan con lo establecido en el artículo N°2 del D.S. N°138/2005 MINSAL.

2) Los establecimientos que deban dar cumplimiento a una regulación que les solicita realizar mediciones y reportar por medio del Sistema Ventanilla Única tales como Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA), Planes de Descontaminación (RM) u otra normativa.

3) Los establecimientos que estén dentro de lo establecido en la Resolución 2662/2012 y los que estén sujetos a planes de descontinuación que lo requieran.

¿Cuándo debo realizar la declaración?

Entre el 1 de enero al 30 de abril de cada año a través de la Sistema de Ventanilla Única del RETC.

Normativa asociada

  • DECLARACIÓN D.S. N°138/2005 MINSAL.

  • REGISTRO DE MEDICIONES (Res. 15.027/1994, Res. 2.662/2012, Compromisos asociados a Resoluciones de Calificación Ambiental).

  • DECLARACIÓN DE COVS (Res. 2662/2012 y Planes de descontaminación Atmosférica – PPDA).